Convocatoria de ayudas para asociaciones de padres y madres 2011
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El objeto de la convocatoria es contribuir a financiar las actividades de las confederaciones y federaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos y a sufragar parte de los gastos de infraestructura administrativa básica necesaria para el funcionamiento de dichas entidades durante el año 2011.
La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Esta resolución fué publicada en el Boletín Oficial del Estado número 53 de 3 de marzo de 2011.
Beneficiarios.
Podrán optar a las ayudas que se convocan las siguientes entidades:
- Confederaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos de ámbito estatal.
- Confederaciones y/o federaciones de padres y madres de alumnos de ámbito provincial ubicadas en territorio gestionado por el Ministerio de Educación.
- Confederaciones y/o federaciones que agrupen asociaciones de padres y madres de alumnos constituidas en centros de más de una Comunidad Autónoma. Las confederaciones habrán de agrupar, como mínimo, a tres federaciones.
Las confederaciones y federaciones a las que se refiere el punto anterior, no podrán concurrir a las convocatorias de ayudas que realicen las Comunidades Autónomas con las cantidades transferidas, a cada una de ellas, por el Ministerio de Educación correspondiente a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.452 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.
No obstante, a parte de esta excepción, las ayudas reguladas en la presente convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Las confederaciones y federaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos a que se refiere el punto uno del presente apartado, deberán estar inscritas en el censo establecido al efecto en el Ministerio de Educación, en el momento de la publicación de esta Resolución.
Distribución de las ayudas.
Las ayudas que se perciban deberán destinarse a sufragar:
- Gastos producidos durante el año 2011, por la infraestructura administrativa básica necesaria para el funcionamiento de las confederaciones y federaciones de padres y madres de alumnos.
- Gastos ocasionados por actividades desarrolladas durante el año 2011 por las confederaciones y federaciones de padres y madres de alumnos.
La distribución de dichas ayudas se hará de la forma siguiente:
- Las dos confederaciones de ámbito estatal más representativas, recibirán una ayuda total de 409.664,00 euros, de los cuales el 50% se destinarán a gastos de infraestructura y el otro 50% a gastos originados por actividades.
- Las confederaciones y/o federaciones a las que se refiere el apartado tercero.1 b) y c) de esta convocatoria, recibirán una ayuda total de 28.956 euros, de los cuales al menos un 60 % se destinarán a gastos originados por actividades.
Se considera requisito imprescindible para obtener las ayudas a las que se refiere esta convocatoria que aquellas confederaciones o federaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos que hubiesen obtenido una ayuda al amparo de la convocatoria de 2010 hayan justificado debidamente la aplicación total de las cantidades percibidas con anterioridad al 31 de marzo de 2011.
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