Organización: Junta de Andalucía
Precios: Becas y ayudas de 1.700 euros
Inscripciones: Hasta el 25 de enero de 2021
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beca adriano de la junta de andalucia curso 2020 2021

La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha publicado la convocatoria de la Beca Adriano para el curso escolar 2020-2021, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo de los alumnos de Bachillerato, Formación Profesional, de Música y Danza, de Artes Plásticas y Diseño, de Enseñanzas Deportivas y de Enseñanzas Artísticas Superiores.

La Beca Adriano está destinada a los alumnos que cumpliendo los requisitos económicos de la normativa de becas y ayudas del Ministerio de Educación y los requisitos académicos necesarios para continuar sus estudios, no han alcanzado la puntuación académica o no han superado la carga lectiva exigida en dicha normativa.

Consulta otras Becas de la Junta de Andalucía para el curso escolar 2020/2021: Beca 6000 y Beca Segunda Oportunidad

Requisitos de la Beca Adriano

La Beca Adriano se dirige a los alumnos que cursen en la modalidad presencial alguna de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el curso escolar 2020-2021:

  1. Enseñanzas de Bachillerato
  2. Enseñanzas de segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y de las Enseñanzas Deportivas
  3. Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas
  4. Enseñanzas Artísticas Superiores

Como consecuencia de los cambios en la normativa de la convocatoria general de becas del Ministerio de Educación y Formación Profesional, que baja la nota mínima exigida a 5,00, los alumnos de primer curso de cualquier enseñanza no podrán optar a la Beca Adriano de este año.

Los requisitos y condiciones para ser beneficiario de estas ayudas, además de cursar alguno de los estudios anteriores, son:

  1. Reunir los requisitos y condiciones para ser persona beneficiaria de la beca de cuantía fija ligada a la renta de la normativa de becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio de Educación, a excepción de los referidos a la nota media y a la carga lectiva superada
  2. Alcanzar una nota media igual o superior a 5 puntos e inferior a la nota mínima que se establezca en la normativa del Ministerio de Educación, cuando esta se fije por encima de 5 puntos, en el curso o prueba de acceso a las enseñanzas para las que solicita la beca.

Los estudiantes de primer curso de bachillerato deberán acreditar no estar repitiendo curso y haber obtenido una nota media de 5,00 puntos en el cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o prueba de acceso, en su caso.

Los estudiantes de primer curso del resto de enseñanzas deberán acreditar no estar repitiendo curso total ni parcialmente.

Los estudiantes de segundos y posteriores cursos organizados por asignaturas deberán acreditar haber superado todas las asignaturas del curso anterior, con excepción de una.

Los estudiantes de segundos y posteriores cursos organizados por módulos deberán acreditar haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que supongan el 85 por ciento de las horas totales del curso en que hubieran estado matriculados.

No se concederán becas o ayudas a quienes estén repitiendo curso total o parcialmente

Se entenderá que cumplen el requisito académico para ser becarios quienes hayan repetido curso cuando tengan superadas la totalidad de las asignaturas de los cursos anteriores a aquel para el que solicita la beca o ayuda.

Renta, patrimonio familiar y miembros computables

Para la concesión de la Beca Adriano durante el curso escolar 2020-2021 se aplicarán los siguientes umbrales de renta familiar:

  1. Familias de un miembro: Hasta 8.422 euros.
  2. Familias de dos miembros: Hasta 12.632 euros.
  3. Familias de tres miembros: Hasta 16.843 euros.
  4. Familias de cuatro miembros: Hasta 21.054 euros.
  5. Familias de cinco miembros: Hasta 24.423 euros.
  6. Familias de seis miembros: Hasta 27.791 euros.
  7. Familias de siete miembros: Hasta 31.160 euros.
  8. Familias de ocho miembros: Hasta 34.529 euros.
  9. A partir del octavo miembro se añadirán 3.368 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada, cuando se superen los umbrales indicativos de patrimonio familiar establecidos en el articulo 11 del Real Decreto 688/2020, de 21 de julio.

A efectos de la determinación de la renta y patrimonio familiar, para ser persona beneficiaria de la Beca Adriano durante el curso escolar 2020-2021 se computará el ejercicio 2019.

Cuantía y condiciones de la Beca Adriano

La cuantía de la Beca Adriano para cada persona beneficiaria en el curso escolar 2020-2021 es de 1.700 euros.

Las personas beneficiarias de la Beca Adriano quedan obligadas a:

  1. Destinar la beca a la finalidad para la que se concede, entendiéndose por tal la matriculación, asistencia a clase y dedicación al estudio, presentación a exámenes y superación de asignaturas o de créditos, así como la realización de la práctica que haya motivado su concesión. En este sentido, se entenderá que las personas beneficiarias no han destinado la beca para la finalidad para la que fue concedida si han incurrido en alguna o algunas de las siguientes situaciones:
    • Haber causado baja en el centro educativo, antes de final del curso escolar correspondiente.
    • No haber asistido a un ochenta por ciento o más de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización.
    • No haber superado el cincuenta por ciento de las asignaturas, créditos u horas matriculadas, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria.
  2. Acreditar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la beca.
  3. Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias, a efectuar por el órgano concedente, para verificar, en su caso, el cumplimiento y la efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  4. Comunicar al órgano concedente, tan pronto como se conozca, la obtención de subvenciones, becas o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  5. Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el período en el que la beca es susceptible de control.
  6. Declarar, específicamente en los supuestos de cambio de estudios, el hecho de haber obtenido beca en años anteriores, así como de estar en posesión o en condiciones legales de obtener un título académico del mismo o superior nivel de estudios que aquel para el que se solicita la beca.
  7. Poner en conocimiento del órgano concedente la anulación de la matrícula así como la no incorporación o el abandono de los estudios o cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca, en el plazo de veinte días hábiles desde el inicio de tales situaciones.
  8. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los casos previstos en la normativa vigente.

Convocatoria y plazo de solicitud

Con fecha 23 de diciembre de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 14 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca Adriano para el curso escolar 2020-2021.

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOJA, es decir, del 24 de diciembre de 2020 al 25 de enero de 2021.

Las solicitudes se presentarán mediante el formulario disponible en el portal web de becas y ayudas al estudio de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.

El procedimiento de concesión de la Beca Adriano se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a la situación de la persona beneficiaria, sin que sea necesario establecer comparación de las solicitudes presentadas ni prelación entre las mismas.